hi88 789bet 1xbet 1xbet plinko Tigrinho Interwin

Fijan Procedimiento Para Otorgar Constancia de Cese

Publicado por admin el

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) estableció el procedimiento para el otorgamiento de la constancia de cese que permita al trabajador cesante retirar la compensación por tiempo de servicios (CTS) depositada en la entidad financiera correspondiente, en caso su empleador no haya podido entregarle esa certificación.

Fue mediante la modificación del Reglamento de la Ley de CTS efectuada por medio del Decreto Supremo N° 005- 2019-TR, que incorpora los artículos 19, 20 y 21 de esa norma reglamentaria.

Lineamientos

Para el otorgamiento de esa constancia, el trabajador cesante deberá presentar una solicitud que contenga como mínimo información respecto a su identificación, a la identificación de su empleador obligado, así como a la del banco o entidad financiera pertinente.

Además, deberá presentar copias simples de un documento que acredite el cese del trabajador, tales como la liquidación de beneficios o el certificado de trabajo u otros relacionados, y de un documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria de CTS del trabajador cesante.

En caso no pueda entregar copia de un documento que acredite el cese, la Autoridad Inspectiva de Trabajo, a cargo del procedimiento, dará tramite a la solicitud, debiendo  realizar posteriormente acciones de verificación, a fin de constatar el cese del trabajador y evaluar la viabilidad de otorgar la constancia, indicó el laboralista César Puntriano Rosas al comentar la norma modificatoria.

De ser necesario, la autoridad podrá recurrir a la colaboración de las actuaciones inspectivas de investigación de la inspección del trabajo, agregó.

El procedimiento administrativo de otorgamiento de constancia de cese es de evaluación previa sujeto a silencio administrativo positivo, sin perjuicio de la fiscalización posterior que realice la administración.

En esa línea, la constancia de cese se deberá expedir en un plazo de 15 días hábiles de presentada la respectiva solicitud.

No obstante, de aplicarse el silencio administrativo positivo para el retiro de la CTS ante el banco o entidad financiera, será necesaria la presentación de la copia de la solicitud o el formato presentado ante la Autoridad Inspectiva de Trabajo competente, en la que se aprecie el sello oficial de recepción, sin observaciones e indicando el número de registro, fecha, hora y firma del agente receptor, precisó Puntriano, que se desempeña como socio del Estudio Muñiz.

Registro Sindical

A su vez, el MTPE estableció los procedimientos para inscribir en el registro sindical la modificación de los estatutos, la designación y cambios de los integrantes de la junta directiva, así como para anotar a los delegados electos de los trabajadores, mediante el Decreto Supremo N° 006-2019-TR que modifica el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo. Estos trámites son de aprobación automática, por lo que la constancia de inscripción deberá expedirse de 5 días hábiles de presentada la respectiva solicitud, indicó Puntriano.

Fuente: El Peruano (Derecho)
Fecha: martes 7 de mayo de 2019


0 comentarios

Deja una respuesta

Marcador de posición del avatar

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *